Archubi, Zaffaroni y la FIFA: Hablando del faso.

Archubi dio positivo en un control antidoping realizado después del partido de River y Gimnasia de la plata. La primera reacción de los hinchas millonarios fue la sorpresa. ¿Cómo puede ser que un tipo que intenta sacar una ventaja deportiva a partir del consumo de sustancias prohibidas, juegue tan pero tan mal? ¿Se pasó de la dosis? ¿En realidad su rendimiento es mucho más bajo al mostrado regularmente? Parece que no.

Los primeros rumores sobre los resultados de la contraprueba indican que Archubi se fumó un fasito de marihuana. Me acordé del caso del Lobo Cordone, aquel jugador de Vélez condenado por dos antidoping positivos de la misma sustancia.

Ahora: ¿Por qué la AFA (en realidad la FIFA) prohíbe el consumo de una sustancia que no genera ninguna ventaja deportiva al jugador que la consume? ¿Alguien en su sano juicio puede sostener que Archubi o Cordone se fumaron un porro para mejorar su rendimiento deportivo?

Y por último, si se comprueba que Archubi consumió marihuana, la AFA ¿no estaría cometiendo un delito?

El famoso fallo de la corte suprema sobre el consumo de sustancias dice:

“…declarar la inconstitucionalidad de la pena de la tenencia para el consumo en privado, con los siguientes fundamentos. El fundamento es que debe protegerse la privacidad de las personas adultas para decidir cuál es su conducta y en el caso, si desean tener o consumir drogas”.

Además agrega

a. Cada individuo adulto es soberano para tomar decisiones libres sobre el estilo de vida que desea sin que el Estado pueda intervenir en ese ámbito (Art 19 CN);

b. No cabe penalizar conductas realizadas en privado que no ocasionan peligro o daño para terceros. Los argumentos basados en la mera peligrosidad abstracta, la conveniencia o la moralidad pública no superan el test de constitucionalidad;

c. La conducta realizada en privado es lícita, salvo que constituya un peligro concreto o cause daños a bienes o derechos de terceros.

Se podría argumentar que la inclusión de los cannabinoides en la lista de sustancias y métodos prohibidos de FIFA, busca resguardar la salud de los jugadores. Si fuera así, deberían estar prohibidos, principalmente, el tabaco y el alcohol.

Tendiendo en cuenta que el consumo de marihuana ya no es, por lo menos en nuestro país, un delito, que dicha sustancia no permite obtener por parte de quién la consume ninguna ventaja deportiva, y además, las consecuencias para la salud de quien la consume son menos graves que otras sustancias permitidas, como el alcohol y el tabaco. ¿Sobre que argumentos médicos, legales o deportivos se sustenta su prohibición por parte de la FIFA?

Alguno podrá decirme que como la AFA depende de la FIFA - una institución supranacional e independiente de los Estados Nacionales - está facultada para fijar sus propias reglas.

¿Pero que pasa cuando estas reglas son contrarias a la constitución nacional de los países donde esta institución se desempeña?

Ponele que a la FIFA se le ocurre que los jugadores de piel oscura no pueden jugar en los torneos oficiales porque….. no le gustan. ¿Qué pasa?

¿Algún boga por ahí?

3 comentarios:

guille dijo...

A este pichi lo van a embocar ,es costumbre de la afa para hacerse cartel de inflexible acostar cada lustro a algun jugador de river o boca.
Si es faso no importa, esta en el reglamento, cagaste, hasta es causal de despido, si la queres pelear en la justicia te acuestan con el laburo.
Se termina transando y viene una amnistia a la mitad de la suspension.

Ahora, se podria empezar a cambiar el mambo a partir de archubi ,no lo creo ,a menos que varios jugadores vayan al control fumados en solidaridad.
Saludos

James Kildare dijo...

Uso responsable de Fiscalización de Estupefacientes
Es en última instancia, el paciente tiene la responsabilidad de usar estupefacientes responsable. Hace unos años, los estupefacientes sólo se prescribe después de la cirugía, trauma grave, o por un cáncer terminal a causa de una preocupación por la posibilidad de la adicción. Recientemente, han sido prescritos con precaución para tratar de moderada a severa no maligno el dolor crónico en relación con otras modalidades tales como terapia física, el punto de activación y la cortisona inyecciones, estiramiento muscular, la meditación o la terapia acuática.
Lamentablemente, el aumento de los estupefacientes como el tratamiento médico asociado también el aumento de casos de abuso y adicción. Derivado de uno de opio (hecho de amapola) o similares compuestos sintéticos, los estupefacientes no sólo bloquean señales de dolor y reducir el dolor, sino que afecta a otros neurotransmisores, que pueden causar adicción. Bien tomadas por períodos cortos de tiempo, sólo efectos secundarios menores, tales como náuseas, estreñimiento, sedación y claro el pensamiento, se señaló.
Sin embargo, cuando se toman estupefacientes durante varias semanas a meses, estos efectos secundarios pueden llegar a ser más difícil: la pérdida de eficacia debido a los núcleos la tolerancia, la posible adicción, o la sobreexplotación de carácter temporal "alto", no por el potencial de dolor. Problemas para la adicción, ya sean físicos (ansiedad, irritabilidad, náuseas, vómitos, calambres abdominales e insomnio) o psicológicos (uso compulsivo, el ansia de drogas y que lo necesitan para "sentirse bien", se consideran estupefacientes las sustancias controladas, lo que significa que la FDA y la DEA rigen su distribución, la prescripción y el uso y clasificarlos en diferentes horarios según la Ley de Sustancias Controladas de 1970.
Si bien la debilidad de estupefacientes, tales como tramadol (Ultram) y la Lista IV analgésicos opioides, como Darvon Darvocet N 100 o tienen un bajo riesgo de dependencia física y adicción con efectos secundarios leves tales como mareos, sedación, dolor de cabeza, náuseas y estreñimiento, la Lista III analgésicos opioides como Lortab, Tylenol # 3, Vicodin Vicoprofen y tienen un bajo a moderado potencial de dependencia física o psíquica. Demerol, Dilaudid, Duragesic, OxyContin y Percocet, que no pueden ser rellenados automáticamente, entran en la Lista II, debido a su alto potencial de abuso, y las posibles graves de dependencia física o psicológica.
En vista del hecho de que los narcóticos pueden ser adictivos, que sólo debe ser prescrita cuando no hay otra alternativa que está disponible y sólo deben tomarse como las instrucciones de su médico. La mayoría de las veces, los pacientes están obligados a dar su consentimiento a que se adhieran a ciertas reglas sobre el uso de sus recetas que figuran en una "Estupefacientes Acuerdo" entre el paciente y médico. A menudo, la violación del presente contrato, especialmente la venta, el intercambio o comercio de la medicación, tratando de obtener duplicados de prescripciones del medicamento para el dolor de diferentes médicos, y tratando de tener la medicación rellenado temprano, por la noche o los fines de semana, por mencionar unos pocos, daría lugar a la aprobación de la gestión del paciente de la práctica.
Por lo tanto, asumir la responsabilidad de sus acciones y conocer todas sus opciones de tratamiento. Rara vez son de Fiscalización de Estupefacientes su única salvación.

San Gordelius dijo...

te explico, este pibe juega tan pero tan mal que da bronca. y cuando uno tiene bronca le duele todo, le grita a la jermu, no tolera a los chicos, le cae pesada la comida, no duerme bien, etc.

Si encima cae fumado a jugar... bue macho, claramente daña a terceros.

Si, esta bien que lo sancionen.

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